Por Oscar M. Taborda
Abogado especialista en Derecho Ambiental
Dirección de Política y Evaluación Ambiental
Publicado originalmente en Boletín Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente GCBA - Nº 7 2006 - Link al archivo original: http://www.bafim.buenosaires.gov.ar/areas/med_ambiente/boletin/numero7/nota2_a.php
Entre los días 25 y 27 de julio de este año (2006) se desarrolló en San Pablo, Brasil, la conferencia bianual “Aire limpio para América Latina”, organizada por la Prefeitura do Sáo Paulo, el Clean Air Iniciative y el Banco Mundial. Con el tema central de la relación entre la calidad del aire y los transportes de las ciudades se desarrolló esta conferencia que nos permite afirmar que la protección del aire en las grandes Ciudades es un tema importante en la agenda de funcionarios y decisores.
Convenciones Internacionales, legislación interna, convenios interjurisdiccionales y acuerdos con entidades de reconocido prestigio, son instrumentos para el desarrollo de políticas de protección que las Ciudades llevan a cabo como parte de sus estrategias de gestión de cara al futuro.
Cuando hablamos de estrategias de protección del aire de la Ciudad nos referimos a la calidad del aire respirable, a las emisiones generadas tanto por fuentes fijas, como por ejemplo la actividad empresaria, y también por fuentes móviles como los vehículos de todo porte. También, y dentro del rubro emisiones, podemos mencionar a los gases de efecto invernadero, cuya reducción es prioritaria a nivel mundial ya que la reciente entrada en vigor del Protocolo de Kioto obliga a determinados paises a reducir su emisión y permite a paises como Argentina generar proyectos productivos que pueden obtener una fuente de financiamiento interesante en los denominados Mecanismos de Desarrollo Limpio o MDL.
Nuestra ciudad cuenta con dos instrumentos realizados con criterios muy modernos, ellos son la Ley 1356 y el Decreto 198-GCBA-2006 que la reglamentó.
En esa normativa se crea, por ejemplo, un registro de laboratorios que medirán las emisiones de las industrias. Estos laboratorios deberán cumplir una serie de requerimientos que incluyen la presentación de certificados de calidad de sus procedimientos y serán autorizados por el Gobierno de la Ciudad para realizar las mediciones correspondientes.
También se crea un registro de generadores de emisiones de fuentes fijas en el que las industrias deberán inscribirse para poder realizar, con los datos que surjan de las inscripciones, un inventario de emisiones. Este inventario permitirá al Gobierno de la Ciudad tener una clara idea del estado de la calidad del aire en sus diferentes sectores poblacionales.
En lo que respecta a las fuentes móviles, se han establecido límites a la emisión de contaminantes según el tipo de vehículo. Como herramienta técnica se actualizaron los estándares de la calidad de aire. También esta normativa incluye la realización de la verificación técnica vehicular, en lo referido a las emisiones de contaminantes.
En resumen, se trata de una normativa moderna, adaptada a los tiempos que corren y que permitirá un eficaz diseño de políticas y herramientas de protección del aire de la ciudad
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